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Privacidad desde el diseño

Definición

Obligación de integrar los principios y garantías de protección de datos en sistemas y procesos desde su diseño, y de tratar por defecto solo los datos necesarios para cada fin.

La privacidad desde el diseño lleva la protección de datos de la revisión posterior al momento en que se toman las decisiones. El RGPD (art. 25) exige aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, como la seudonimización y la minimización, tanto al determinar los medios del tratamiento como durante el tratamiento, teniendo en cuenta el estado de la técnica, el costo, el contexto y los riesgos. La privacidad por defecto añade que, de entrada, solo se traten los datos necesarios y no se pongan a disposición de un número indeterminado de personas. Leyes latinoamericanas, como la LGPD brasileña, exigen medidas de seguridad desde la concepción del producto o servicio.

Medidas prácticas incluyen requisitos de privacidad al iniciar proyectos, modelado de amenazas, acceso de mínimo privilegio, conservación breve por defecto, configuraciones protectoras de fábrica y evaluaciones de impacto tempranas. La norma ISO 31700-1 ofrece requisitos para productos de consumo.

En IA, significa decidir pronto qué datos necesita realmente el modelo, si bastarían datos seudonimizados o sintéticos, cómo se registran los prompts y cómo ejercerán sus derechos los interesados.

Dónde se evalúa este término

Evaluado en la Data Protection & AI Professional (DPAI), dominio 3: Herramientas de responsabilidad proactiva.

También lo cubren: Responsible AI Practitioner (RAIP)

Fuentes primarias

  • GDPR Art. 25
  • LGPD Art. 46, §2
  • ISO 31700-1:2023
  • EDPB Guidelines 4/2019 on Art. 25

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