Seudonimización
Definición
La seudonimización es el tratamiento de datos personales de modo que ya no puedan atribuirse a una persona sin información adicional, conservada por separado y bajo medidas técnicas y organizativas.
El RGPD define la seudonimización en el art. 4(5) y la menciona en el art. 32 como medida de seguridad adecuada; la LGPD de Brasil la aborda en el art. 13, §4, para estudios de salud pública. En ambos marcos el punto clave es el mismo: los datos seudonimizados siguen siendo datos personales, porque quien tiene la clave, o puede obtenerla, puede reidentificar a las personas.
Las técnicas habituales incluyen sustituir identificadores por tokens, aplicar hash con clave secreta y cifrar con claves gestionadas por separado. Las orientaciones del CEPD sobre seudonimización recuerdan que el beneficio depende de quién accede a la información adicional: la clave debe guardarse aparte, con acceso restringido y registro.
La seudonimización reduce riesgos y apoya la minimización, la privacidad desde el diseño y la ponderación del interés legítimo, pero no elimina obligaciones como la base jurídica, la transparencia o los derechos de los interesados. Ejemplo: un equipo de analítica entrena un modelo con registros de clientes en los que el nombre y el número fiscal se reemplazaron por tokens, mientras la tabla de correspondencia queda en manos del equipo de seguridad.
Dónde se evalúa este término
Evaluado en la Data Protection & AI Professional (DPAI), dominio 6: Privacidad en IA y analítica.
También lo cubren: Responsible AI Practitioner (RAIP)
Fuentes primarias
- GDPR Art. 4(5) and Art. 32
- LGPD Art. 13, §4
- EDPB Guidelines 01/2025 on pseudonymisation