Obligaciones de transparencia
Definición
Deberes legales de informar a las personas cuando interactúan con IA, cuando un contenido es generado o manipulado por IA y cómo se tratan sus datos personales.
Las obligaciones de transparencia provienen de dos frentes. En el Reglamento Europeo de IA (art. 50), los proveedores deben diseñar los sistemas que interactúan con personas de modo que estas sepan que tratan con una IA, salvo que sea evidente, y deben marcar el audio, la imagen, el video y el texto sintéticos en un formato legible por máquina. Los responsables del despliegue deben revelar las ultrasuplantaciones y los textos generados por IA publicados para informar al público sobre asuntos de interés público, y avisar a las personas expuestas a reconocimiento de emociones o categorización biométrica. Estos deberes rigen con independencia del nivel de riesgo.
La protección de datos agrega el deber de informar al interesado, en lenguaje claro, quién es el responsable del tratamiento, las finalidades y la base jurídica, los destinatarios, la conservación y los derechos, incluida información sobre decisiones automatizadas (RGPD arts. 12 a 14; LGPD art. 9). Los proveedores de modelos de IA de uso general tienen deberes propios de documentación frente a quienes los integran.
Ejemplo: el chatbot de atención de una cadena comercial avisa desde el inicio que el cliente conversa con un asistente de IA y enlaza el aviso de privacidad.
Dónde se evalúa este término
Evaluado en la Responsible AI Practitioner (RAIP), dominio 6: Transparencia y documentación.
También lo cubren: Responsible AI Foundation (RAIF)
Fuentes primarias
- Regulation (EU) 2024/1689 (AI Act), Art. 50
- GDPR Arts. 12-14